Las cotizaciones pagadas en exceso, son aquellas que se producen cuando los empleadores pagan en forma errónea las cotizaciones de salud, ya sea por, Doble Pago Idéntico, Doble Pago Diferente, Pago Mayor a la tasa, entre otras causales, o cuando los cotizantes realizan en uno o varios meses, pagos de cotizaciones de salud Mayores al Tope Imponible Legal Mensual.
Entre las otras causales de devolución se tienen las siguientes:
El procedimiento:
Fonasa, mediante un proceso Masivo, detecta en forma proactiva Cotizaciones Pagadas en Exceso (DPE) para las causales de Doble Pago Idéntico a los empleadores y por Pago Mayor al Tope Imponible Legal Mensual a los cotizantes. En este contexto, se busca facilitar las devoluciones de recursos, a través de la presentación de propuestas por DPE, las que se publican en el Sitio Web de Fonasa, los meses de Marzo y Septiembre de cada año, las que están disponibles en dicha página web por 90 días en cada proceso.
Respecto de las otras causales mencionadas anteriormente, deben ser solicitadas en una sucursal de Fonasa, mediante el llenado de un formulario de Solicitud de Devolución de Pagos en Excesos y adjuntando la documentación requerida para cada causal.
Metodología para la Devolución:
Las Propuestas por Devolución de Pagos en Exceso (DPE), se realizan en base a la información que Fonasa tiene en sus bases de datos, y sólo se incluyen las cotizaciones pagadas para un periodo de cinco años. El proceso actual abarca desde octubre del 2011 a septiembre de 2016, Las devoluciones de las cotizaciones anteriores al periodo indicado, se encuentran prescritas según lo indicado en el artículo 2.515 del Código Civil, tal como lo ha señalado de modo reiterado la jurisprudencia de la Contraloría General de la Republica, a través, entre otros, de los dictámenes N° 26.845 de 2004 y 35.145 de 2009.
El proceso de devolución masiva de Cotizaciones Pagadas en Exceso, considera metodológicamente las siguientes condiciones en la aplicación de devolución masiva, para las causales de Doble Pago Idéntico a los empleadores y por Pago Mayor al Tope Imponible a los cotizantes:
Doble Pago Idéntico: Esta devolución masiva se hace efectiva al analizar dos planillas de cotizaciones que cumplan con los siguientes criterios: mismo(s) cotizante(s), mismo empleador, mismo período de remuneraciones, misma renta imponible por trabajador, misma cotización pagada por trabajador y además las dos planillas idénticas deben tener diferentes números de series.
Pago Mayor al Tope Imponible: Esta devolución se hace efectiva, cuando el monto de cotizaciones de salud pagadas mensualmente por un cotizante, sobrepasan el monto de la cotización tope legal, calculada de acuerdo al valor de la UF del período analizado, considerando los siguientes topes por año según el régimen previsional de cada cotizante:
- – Para los afiliados al INP/IPS, el tope (fijo) es de 60 UF.
- – Para los afiliados a una AFP el tope se reajusta año a año. Este es el registro de los topes en los últimos años:
- – Año 2010: 64,7 UF
- – Año 2011: 66 UF
- – Año 2012: 67,4 UF
- – Año 2013: 70,3 UF
- – Año 2014: 72,3 UF
- – Año 2015: 73,2 UF
- – Año 2016: 74,3 UF
- – Año 2017: 75,7 UF
De esta forma, si el cotizante o empleador acepta el proceso de devolución, ésta se concretará según el calendario de pago expuesto en el siguiente acápite.
Cabe mencionar, que si un empleador o cotizante, no está de acuerdo con la propuesta publicada en la página web, puede enviar un formulario en línea, adjuntando la documentación de respaldo requerida, para que Fonasa revise las propuestas, complementando la información, si los antecedentes adicionales aportados lo confirman.
De la misma forma, es necesario destacar que las propuestas no aceptadas a través de la página web, vuelven a ingresar al proceso siguiente, por lo tanto, si un cotizante o empleador no aceptó la propuesta en el plazo que estuvo vigente, puede optar por presentar una solicitud de devolución de pagos en excesos individual en una sucursal Fonasa, o bien, esperar el próximo proceso masivo por DPE, que dependiendo del periodo que incluye la devolución, podría presentar nuevamente una propuesta.
Materialización del Pago.
Una vez que el cotizante o empleador, acepta la propuesta de devolución, éste debe ingresar sus antecedentes personales y bancarios para hacer efectiva la devolución, indicando la modalidad de pago seleccionada, que puede ser:
- Depósito en Cuenta RUT de Banco Estado (Personas Naturales)
- En caja Banco Estado (Personas Naturales) / Vale Vista Banco Estado (Persona Jurídica)
- Depósito en Cuenta Corriente, Vista o Ahorro de cualquier banco (Personas Naturales y Jurídicas)
Por otra parte, a diferencia de los procesos anteriores, la fecha de pago de este proceso masivo, dependerá de la fecha de aceptación de las propuestas, estableciéndose un calendario de acuerdo al mes de aceptación. Este calendario detalla las fechas de pago de las devoluciones, y las fechas de pago de las transferencias electrónicas que pudieran ser rechazadas por el banco, por errores en número de cuenta proporcionada por el cotizante o empleador, o en su defecto, que la cuenta proporcionada no es del titular de la devolución, según el siguiente detalle.
Período de Aceptación Propuesta | Fecha de Pago de Devoluciones | Fecha de Pago Transferencias Electrónicas Rechazadas |
Entre el 29-03-2017 y el 02-04-2017 | 10-04-2017 | 21-04-2017 |
Entre el 03-04-2017 y el 16-04-2017 | 28-04-2017 | 05-05-2017 |
Entre el 17-04-2017 y el 30-04-2017 | 12-05-2017 | 19-05-2017 |
Entre el 01-05-2017 y el 14-05-2017 | 26-05-2017 | 02-06-2017 |
Entre el 15-05-2017 y el 28-05-2017 | 09-06-2017 | 16-06-2017 |
Entre el 29-05-2017 y el 11-06-2017 | 23-06-2017 | 03-07-2017 |
Entre el 12-06-2017 y el 25-06-2017 | 07-07-2017 | 14-07-2017 |
Entre el 26-06-2017 y el 30-06-2017 | 17-07-2017 | 21-07-2017 |
Cabe destacar que los pagos electrónicos rechazados, se realizaran mediante la emisión de Vales Vistas del BBVA, con la finalidad de evitar retrasos en el pago de las devoluciones. Finalmente es importante señalar que los Vales Vistas tienen una vigencia de 180 días corridos, por lo que solicitamos, a quienes hayan realizado su solicitud, revisar su devolución en la fecha indicada.
En caso de no tener su transferencia, consultar por su Vale Vista llamando al 6007800780, a partir de la fecha pago transferencias electrónicas rechazadas, indicadas en cuadro anterior.
Fuente: www.fonasa.cl