La Reforma Previsional incorporó como un beneficio de cargo del Estado, un subsidio previsional destinado a trabajadores jóvenes a partir de julio de 2011, producto de que los fondos ahorrados en edades tempranas de los afiliados son más importantes en el aumento de las pensiones que aquellos aportados en edades más adultas.
Este beneficio está destinado a trabajadores y sus empleadores y es equivalente al 50% de la cotización previsional obligatoria (10% de la remuneración imponible con tope máximo de 75,7 UF), calculado sobre un ingreso mínimo mensual.
Son beneficiarios de este subsidio:
- – Los trabajadores con edades entre 18 y 35 años;
- – Trabajadores que tengan una remuneración igual o inferior a 1,5 veces el ingreso mínimo mensual.
- – Estar dentro de los primeros 24 meses de cotizaciones, continuas o discontinuas desde la afiliación al Sistema de Pensiones, establecido en el Decreto Ley N° 3.500 de 1980.
- – En el caso del empleador, deberá haber pagado las cotizaciones dentro del plazo legal.
Tanto el trabajador como su empleador reciben igual monto del beneficio; en el caso del trabajador, este beneficio se integra directamente en su cuenta de capitalización individual.
Además, los trabajadores que experimenten un aumento de su remuneración imponible durante el período del beneficio, igualmente seguirán percibiendo el beneficio, siempre y cuando este aumento no supere los 2 ingresos mínimos mensuales, y ocurra en el mes décimo tercero de percepción del beneficio o en adelante. El trabajador o su empleador deben solicitar el beneficio en el Instituto de Previsión Social (IPS).
¿Dónde se solicita el subsidio previsional para trabajadores jóvenes?
Los encargados de recibir las solicitudes de subsidio que presenten empleadores o trabajadores son las sucursales y centros de atención del IPS del país. Cuando el subsidio es solicitado por el empleador, la solicitud se hará extensiva también para el trabajador y cuando sea el trabajador quien solicita el subsidio a la cotización, ésta se hará extensiva al empleador para el subsidio a la contratación.
¿Qué sucede con el subsidio previsional si el trabajador mantiene una relación laboral con más de un empleador?
En este caso el subsidio a la contratación se paga de manera proporcional a cada empleador, según la proporción que representen las remuneraciones pagadas por el correspondiente empleador sobre el conjunto de remuneraciones percibidas por el trabajador.
Si las remuneraciones imponibles del trabajador se incrementan por sobre 1,5 veces un ingreso mínimo mensual, ¿el subsidio previsional se pierde?
No, la ley establece que el subsidio tanto para la contratación como para la cotización se mantienen en el caso que la suma de las remuneraciones imponibles del trabajador se incremente por sobre 1,5 veces un ingreso mínimo mensual y hasta dos veces éste, siempre y cuando este incremento se verifique a contar del mes N° 13 en que se perciban los subsidios.
NOTA:
Mientras más joven se inicien las cotizaciones previsionales, mayor tiempo estarán los recursos afectos a la rentabilidad del sistema, aumentando las opciones de construir un mejor fondo para pensión.
Fuente. Superintendencia de Pensiones.
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