Si usted quedó cesante y esta afiliado al Seguro de Cesantía, tiene derecho a acceder a los beneficios del seguro, independiente del tipo de contrato que posea (Indefinido o plazo fijo).
Los tipos de beneficios son:
Económicos.
Tiene derecho a cobrar un beneficio mensual con cargo a su Cuenta Individual (CIC) y/o Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos debe cumplir los requisitos que impone la Ley.
Sociales y de salud.
Si accedo al seguro a través de su Cuenta Individual mientras cobre el Seguro, mantiene sus beneficios de Salud a través de FONASA.
Si accede al seguro a través del Fondo de Cesantía Solidario, mientras cobre el seguro tiene derecho a:
> Mantener su beneficio de Salud a través de Fonasa.
> Mantener su beneficio de Asignación Familiar (tramos A y B)
> Cursos de capacitación gratuitos
> Apoyo para encontrar empleo a través de la OMIL de su Municipio.
Previsionales
Si ha optado por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) se enterará en AFP la cotización previsional correspondiente al 10% del monto de sus pagos mensuales del Seguro de Cesantía. Este aporte no está afecto a comisión de AFP.
De esta forma, aunque esté cesante podrá seguir aportando a su futura pensión. Este beneficio rige a partir del 1 de agosto de 2015.
Fuente: www.afcchile.cl
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